NUEVA PLANILLA ELECTRÓNICA - DS CONT

Blog

NUEVA PLANILLA ELECTRÓNICA

Concepto relacionados a la nueva planillas

¿Qué es la planilla electrónica?

Es el documento llevado a través de los medios informáticos desarrollados por la SUNAT, y presentado mensualmente a través del PDT 601; que permite registrar la información  de  los  empleadores,  trabajadores,  pensionistas,  prestadores  de  servicios, personal en formación -modalidad formativa laboral y otros, personal de terceros y derechohabientes de los trabajadores que prestan servicios en la Empresa.

Es preciso señalar que la versión vigente es la 3.0, aprobada mediante Resolución de Superintendencia N° 124-2016/SUNAT; la cual es de uso obligatorio a partir del 01 de junio de 2016 y debe utilizarse a partir del período mayo de 2016 en adelante.

¿Quiénes se encuentran obligados a llevar la planilla electrónica?

Según SUNAT, están obligados a llevar planilla todos los empleadores que:

  • Tengan a su cargo uno o más trabajadores
  • Cuente con uno o más prestadores de servicios y/o personal de terceros
  • Paguen pensiones de jubilación, cesantía, invalidez y sobrevivencia u otra pensión, cualquiera fuera el régimen legal al cual se encuentre sujeto.
  • Contraten a un personal en formación – modalidad formativa laboral.
  • Cuenten con uno o más trabajadores o pensionistas que sean asegurados al Sistema Nacional de Pensiones.
  • Se encuentren obligados a efectuar alguna retención de cuarta o quinta categoría
  • Tengan a su cargo uno o más artistas, de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 28131
  • Hubieran contratado los servicios de una Entidad Prestadora de Salud u otorguen servicios propios conforme a los dispuesto en la Ley N° 26790
  • Hubieran suscrito con el Essalud un contrato por SCTR
  • Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria

¿Quiénes están exceptuados de llevar la planilla electrónica?

Tambien, según SUNAT, Se encuentran exceptuados de llevar la planilla electrónica aquellos empleadores que:

  • Empleen trabajadores del hogar
  • Empleen trabajadores de construcción civil eventuales
  • Contraten prestadores de servicios que generen renta de cuarta categoría y no tengan la calidad de agentes de retención de cuarta categoría.

¿Cómo está compuesta la planilla electrónica?

A partir de 01/08/2011 la planilla electrónica se encuentra conformada por:

planilla-electronica

¿Qué es el T-Registro?

Es el registro donde el empleador deberá ingresar la Información Laboral de los empleadores, trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en formación – modalidad formativa laboral y otros (practicantes), personal de terceros y derechohabientes. Comprende información de carácter laboral, de seguridad social y otros datos relevantes sobre el tipo de ingresos de los sujetos registrados.

Art. 4°-A del Decreto Supremo 018-2007-TR y normas modificatorias.

¿Qué es el PDT planilla electrónica- PLAME?

Es el medio informativo aprobado por SUNAT que comprende información mensual de los ingresos  de los sujetos inscritos en el T-REGISTRO, así como de los Prestadores de Servicios que obtengan rentas de 4ta Categoría; los descuentos, los días laborados y no laborados, horas ordinarias y en sobretiempo del trabajador; así como información correspondiente a la base de cálculo y la determinación de los conceptos tributarios y no tributarios cuya recaudación le haya sido encargada a la SUNAT.

El PLAME deberá contener la información establecida en la R.M N.° 121-2011-TR o norma que la sustituya o modifique.

TIPS SOBRE T-REGISTRO Y PLAME

¿Cuál es la información que contiene el T-REGISTRO y PDT PLAME?

La información que contiene la Planilla Electrónica en sus dos componentes es la siguiente:

Screenshot_2

¿Qué datos se obtiene del T-REGISTRO para elaborar la declaración de PDT PLAME 601?

Los datos que el PDT PLAME obtiene del T-REGISTRO para elaborar su declaración y la PLAME son:

Screenshot_3

¿Cuáles son los plazos para el alta, la baja o la modificación de datos en el T-REGISTRO?

Entre las principales obligaciones asociadas con el T-REGISTRO dispuestas en los Decretos Supremos N.° 015-2010-TR y N.° 008-2011-TR (modificatorias del D.S. N.° 018-2007-TR), así como en la Resolución Ministerial 121-2011-TR, se establecen los plazos siguientes:

Screenshot_4

¿Cómo se hace las rectificatorias o sustitutorias del PDT Planilla Electrónica – PLAME?

Si la declaración original se presentó utilizando el PDT Planilla Electrónica – PLAME, la declaración sustitutoria o rectificatoria debe efectuarse a través de este medio. Se ingresan nuevamente todos los datos del concepto cuya declaración se sustituye o rectifica, inclusive aquella información que no se desea rectificar o sustituir.

¿Cómo se realiza la corrección de datos de identificación del PDT Planilla Electrónica – PLAME?

La corrección y/o actualización de datos del tipo y número de documento de identidad y la fecha de nacimiento del Trabajador, Pensionista y Personal de Terceros consignados en el PDT Planilla Electrónica – PLAME se realizará a través del Formulario Virtual N° 1601.

Previamente a la actualización o modificación a que se refiere el párrafo anterior, el empleador deberá realizar la correspondiente modificación o actualización de los citados datos en el T-REGISTRO, caso contrario, el sistema no permitirá la realización de la misma.

¿De qué formas se puede obtener los datos del T-REGISTRO al PDT PLAME?

Se puede obtener la información del T-REGISTRO al PLAME a través de 2 formas:

1. Sincronización de datos con el T-REGISTRO

La sincronización es un proceso en línea, que permite actualizar en el PDT PLAME las novedades del T-REGISTRO;  Este proceso podrá ser ejecutado desde el módulo Declaraciones Juradas del PDT.

bbb

bbbb

Se descargaran automáticamente (en línea); seleccionas la opción SINCRONIZAR y luego pulse ejecutar con ello se ejecutaran 2 procesos:

  • Se sincronizara los datos de los prestadores del T-REGISTRO al PDT PLAME.
  • Se identificara y se cargaran a la declaración cuyo vínculo con el empleador se inicia, mantiene o finaliza entre las fechas de inicio y fecha de fin del período a declarar.

 

2. Importación de archivo personalizado de T-REGISTRO

El empleador también podrá efectuar la carga de los datos del T-REGISTRO al PDT PLAME a través de la importación del “Archivo Personalizado del T-REGISTRO”.

  • Ingrese a SUNAT Operaciones en Línea, ingrese y genere un pedido del “Archivo Personalizado del T-REGISTRO”; Generado el Archivo Personalizado, podrá descargarlo para ser importado al PDT PLAME.

bbbbb

  • Obtenido el Archivo Personalizado del T-REGISTRO, ingrese al PDT PLAME, módulo “Utilitarios” y seleccione “Importar archivo personalizado del T-REGISTRO”, ubique el archivo e importe.

bbbbbb

EL PDT-PLAME Y EL DS-CONT

¿Cuál es la Operatividad de la planilla electrónica con el sistema contable DS-CONT?

vmv

  • Cabe señalar que con el paso , se realiza una carga completa de los datos del T-REGISTRO al PDT PLAME, lo que permitirá que la información sea utilizada para modificar o rectificar y declarar el periodo correspondiente.
  • Con el paso , se podrá realizar la importación de los datos laborales del personal como Las remuneraciones e ingresos devengados y/o pagados, así como datos de la jornada laboral, descuentos, tributos, aportes y contribuciones, rentas de cuarta y quinta categoría, Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) a cargo del ESSALUD.
  • Paso Presentación del PDT 601 mensualmente de acuerdo al cronograma que establece la SUNAT.

¿Cómo importar la información de planillas del Dscont al PDT PLAME?

Para importar la información del DS_CONT al PDT PLAME seguiremos los siguientes pasos:

  • se realiza el proceso de sincronización y/o recuperación de datos del T-REGISTRO al PDT PLAME.
  • En el Sistema Contable Dscont se realizara el cálculo de la planilla de información laboral que solicita el PDT en cada una de las secciones y/o casillas correspondiente al mes a declarar y se generan los TXT.
  • Se importan los datos del archivo TXT generado en el DSCONT al PDT PLAME. Para importar estos archivos ingrese a la sección Detalle de Declaración / Trabajadores y presione el botón “Importar archivo”.

adasa

¿Dónde obtener información sobre Planilla Electrónica?

  • La información necesaria sobre planilla electrónica, la podemos obtener visitando la página web de Sunat: http://www.sunat.gob.pe
  • Página web del ministerio de trabajo y promoción del Empleo http:mintra.gob.pe.
  • Información de Planilla electrónica (T-REGISTRO Y PLAME) (Anexo 1)
  • Así como los Anexos con las Tablas Paramétricas (Anexo 2)
  • La Estructura de Datos requerida por los Archivos de Importación (Anexo 3)
  • y sobre todo la Sección Preguntas Frecuentes, donde los contadores, abogados y todas las personas interesadas en este tema, podemos absolver la mayoría de nuestras dudas tanto en materia tributaria como en materia laboral.
  • Además, debemos recordar que cada PDT tiene su propio menú de Ayuda por lo que bastará con presionar la tecla F1 sobre el campo o concepto del que se requiera mayor información o detalle.
  • Asimismo, podemos efectuar consultas telefónicas comunicándonos con Sunat (0801-1-2100) o con el MTPE (3157100, 3157215), o acercarnos a los Centros de Servicios al Contribuyente – Cabinas PDT que tiene Sunat a nivel nacional.

Adicionalmente, tenemos la herramienta informática como es el sistema contable DS_CONT que ayudara para un trabajo óptimo al momento de realizar el cálculo de las planillas y la facilidad de importar la información al PLAME; por último el Blog que nos permite compartir la información actualizada.

Del Autor: Asesora DS-CONT - Contadora Milagros Estrada